SEPA: Que es y como nos afecta...
En febrero 2014 se hará obligatorio en las transacciones bancarias utilizar SEPA. Pero, ¿de que se trata?
De forma breve explicaremos cual es el objetivo que persigue esta Norma y que cuestiones son de interés.
De forma breve explicaremos cual es el objetivo que persigue esta Norma y que cuestiones son de interés.
Que es SEPA?
La SEPA es una zona única de pago en Euros. (Single Euro Payments Area). Será un área en el que consumidores y empresas pueden ordenar y recibir pagos en €uros en las mismas condiciones básicas y con los mismos derechos y obligaciones, tanto si son operaciones Nacionales como incluidas entre los países miembros.
La SEPA define un conjunto de instrumentos de pago en €uros (transferencias, adeudos por domiciliación bancaria y pagos con tarjeta), basados en una nueva norma, practicas y estándares que serán comunes en toda la zona.
Esta nueva normativa arrancará en Febrero de 2014 y transformará nuestra manera de gestionar los cobros y pagos entre cliente y proveedores, siendo un paso más en la integración monetaria.
Características
Están inscritos a seguir la normativa 16 países de la zona €uro más 11 países de Unión Europea que no están en la zona €uro junto con Noruega, Liechtenstein, Islandia, Suiza, Mónaco y algunos territorios de ultramar de los países mencionados.
Esto permitirá que las antiguas transferencias y adeudo bancarios, poco a poco vayan desapareciendo para dar paso a nuevos sistemas europeos integrados con la Norma SEPA.
Este tipo de operaciones afectará tanto a particulares como a empresas pues integra un sistema común de cobros y pagos para los estados adheridos a la Zona Única de Pagos en Euros.
Esto permitirá que las antiguas transferencias y adeudo bancarios, poco a poco vayan desapareciendo para dar paso a nuevos sistemas europeos integrados con la Norma SEPA.
Este tipo de operaciones afectará tanto a particulares como a empresas pues integra un sistema común de cobros y pagos para los estados adheridos a la Zona Única de Pagos en Euros.
De este modo, los fichero CSB19, CSB32 y CSB5, los recibos en papel se sustituirán por los adeudo directos SEPA en cualquier de los estados miembros.
En España, existirá una prorroga hasta Febrero de 2016 para los anticipos de crédito y los recibos girados a través de CSB32.
Finalmente, este tipo de transacciones permitirá ahorrar costes en las operaciones fuera de nuestras fronteras gracias a la facilidad de comunicación entre las entidades bancarias.
Como me adapto?
Entre las principales cuestiones a valorar, en Zimasolutions hacemos las siguientes sugerencias:
- Preparar la migración de los datos sobre cuentas corrientes de clientes y proveedores hacia el nuevo código IBAN.
- Preparar los sistemas contable/financieros para que los ficheros de intercambio que se generan, sean de acuerdo a la normativa. "Por norma este paso suele realizarlo el fabricante de los sistemas de gestión (software) pero es probable que hubiera que hacer ajustes durante los primeros meses de ejecución de la Norma."
- Es importante guardar la autorización para domiciliar adeudo de los clientes. Este fichero esta normalizado.
- Adecuar los pagos a empleados (nominas vía transferencia) a SEPA, modificando el actual CCC que pasará a ser IBAN.
- Los documentos deberán ser actualizados, recordando sustituir los datos bancarios.
- En los casos de los adeudo entre empresas es importante archivar un mandato firmado del cliente donde nos autoriza a presentarles adeudos.
- En caso de utilizar plataforma E-Shop es necesario hablar con el banco por si sufriera alteraciones que pudieran detener la Página.
Si bien, estos no tienen porque ser todos los pasos, no esta demás ponerse en contacto con su consultor y que le expliquen si debe seguir alguna recomendación adicional.
Si quiere recibir más información puede contactar con nosotros en http://www.zimasolutions.com/ o en el tlf: 917303285.
Muchas gracias por todo el post.
ResponderEliminarandaba buscando más información sobre SEPA, realmente es un tema complicado si no sabes de que va.